Proconsumidor recuerda los tipos de publicidad engañosa advirtiendo con multas

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Desde la venta de algo como nuevo a sabiendas de que es usado hasta la venta de medicamentos sin la debida autorización, a continuación los tipos de publicidad engañosa

Anina Del Castillo, directora del Instituto Nacional De Protección de los Derechos del Consumidor (Proconsumidor), recordó a las empresas los tipos de publicidad engañosa en las que no deben incurrir, porque de hacerlo les sancionará, según lo ordenado por ley.

Dijo que se mantendrán vigilantes y no permitirán la publicidad engañosa, como comprar bienes o servicios que no cumplen con lo señalado; variantes del precio que dé lugar a confusión en el mercado; que se desacrediten o denigren las marcas, nombres comerciales u otros signos distintivos de algún competidor; y la oferta de un determinado bien o servicio como señuelo, con conocimiento de que no está disponible.

La directora de Proconsumidor también recordó que conlleva sanción desalentar la compra de un bien o servicio anunciado y ofrecer otro en sustitución, así mismo ofrecer un determinado bien como nuevo cuando es usado o reconstruido; y exponer, vender u ofrecer para la venta medicamentos, sin la debida autorización de la entidad estatal competente en materia de salud.

Informó que los avisos que se difundan por medios públicos sólo incluirán testimonios auténticos y relacionados con las experiencias pasadas o presentes de quien presta la declaración o de aquel a quien el declarante personifica.

A modo de concientizar al respecto, Del Castillo dio inicio este jueves a ciclo de charlas sobre “Publicidad Responsable”.  

Las charlas están dirigidas a los proveedores de bienes y servicios, específicamente al área de promoción, en busca de capacitar al sector comercial, para que puedan realizar una publicidad donde el consumidor pueda elegir en el mercado productos y servicios con una información veraz, precisa y oportuna, sin recurrir a la publicidad engañosa.

Dijo que estas capacitaciones buscan fomentar una publicidad responsable y contribuir  al bienestar, de los principales actores del mercado, consumidores y proveedores.

“Todos somos consumidores, por eso es importante la realización de una publicidad  apegada a la responsabilidad, a las normativas legales y al compromiso”, expresó Del Castillo.

Durante el desarrollo de la actividad se abordaron los temas publicidad, publicidad engañosa, base legal, regulación de la publicidad, publicidad correctora, obligaciones en materia de publicidad, procedimientos por infracciones a la Ley 358-05 y régimen de sanciones, entre otros.

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