ProConsumidor alerta sobre Minigelatinas en Cápsula

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Niños y envegecientes son los más afectados al consumir Minigelatinas en Cápsula

El Instituto de Protección a los Derechos del Consumidor (ProConsumidor) alertó a la ciudadanía sobre el riesgo a que son expuestos niños y envejecientes al consumir las Minigelatinas en Cápsula, ya que puede provocarle ahogamiento (asfixia), daño neurológico y muerte.

ProConsumidor reveló que el Departamento de Inspección y Vigilancia inició una investigación en el mercado local sobre dicho producto. “Ese tipo de dulce o confite, por las características del envase, su contenido y el modo de ingerirlo, implica altos riesgos de asfixia, daños neurológicos y muerte”, precisó la entidad defensora de los consumidores.

La entidad sostiene que estudios realizados muestran que cuando el niño oprime la parte inferior de la cápsula para extraer el contenido, la gelatina sale “disparada” por la lengua hacia la garganta, ayudada por un lubricante que recubre el producto.

La directora de ProConsumidor, Altagracia Paulino, informó que emite la alerta tras conocerse la medida cautelar decretada por la Superintendencia de Industria y Comercio de Colombia, el pasado 7 de julio de 2015, mediante Resolución 35240, en la que se prohíbe la importación, producción, comercialización, venta y cualquier forma de puesta a disposición del público del producto minigelatinas en cápsula, al existir evidencia de que su consumo puede causar asfixia e incluso la muerte del consumidor.

Dijo que da a conocer esta situación para que padres tomen las medidas precautorias correspondientes, evitando que ocurran incidentes lamentables y aplicando el principio precautorio.

La alerta de ProConsumidor sobre el consumo de esta golosina está amparada en el artículo 74 de la ley 358-05, que indica que debe aplicarse el principio de precaución cuando existe amenaza para la salud y la seguridad de los consumidores.

En Colombia se han documentado tres casos de afectaciones a la salud de niños por causa del consumo de las “Minigelatinas en Cápsula”, tales como asfixia, broncoaspiración y paro cardiorespiratorio, con secuelas de parálisis cerebral infantil y neurológicas.

Por esta razón, las citadas minigelatinas desde hace muchos años se encuentran prohibidas tanto en los Estados Unidos como en la Unión Europea.

De igual modo, el artículo 36 de establece que el proveedor estará obligado a la adopción de medidas oportunas y acatar las medidas dispuestas por las autoridades competentes para eliminar o reducir el peligro, incluyendo el retiro o suspensión de los productos o servicios afectados, así como su sustitución o reparación, según sea el caso.

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