ProConsumidor multa al “Derby Home Run” por violación al derecho de información

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Los organizadores del Derby Home Run no cumplieron con la presentación de los deportistas David Ortiz, Robinson Canó y Vladimir Guerrero, como ofertaron a través de su página oficial

El “Derby  Home Run”, evento celebrado en el marco de la Serie del Caribe en el Estadio Quisqueya Juan Marichal, fue multado por el Instituto Nacional De Protección de los Derechos del Consumidor (ProConsumidor).

Considerando la violación a múltiples disposiciones de la Ley 358-05, ProConsumidor refirió que el Derby Home Run infringió términos legales al ofertar actividades a las que no dio cumplimiento, en violación al derecho de la información veraz, completa y oportuna.

La institución indicó que la Liga de Béisbol Profesional de la República Dominicana (LIDOM) y la Confederación de Béisbol Profesional del Caribe (CBPC) no cumplieron con lo ofertado a través de su página oficial, dentro del programa de la Serie del Caribe.

“Además de las actividades culturales y de diversión dentro y fuera del estadio, habrá por primera vez en la historia del evento un “festival de jonrones” con figuras de la talla de David Ortiz, Robinson Canó y Vladimir Guerrero, además de superestrella venezolana Miguel Cabrera y el cubano Alfredo Despaigne”, indicaba parte de su campaña publicitaria, sin cumplir con la presentación de los deportistas.

ProConsumidor manifestó que previo a indicar la posible participación de estas figuras preponderantes del deporte, los organizadores del “Derby  Home Run” debieron asegurar que fuesen cumplidos todos los requisitos que pudiesen ser necesarios para asegurar su participación y así poder ofrecer a los usuarios una información veraz, oportuna y completa.

Se consideró la imposición de una multa de 60 salarios mínimos, ordenando además al LIDOM y a la CBPC devolver el monto pagado a todo consumidor o usuario, si así lo quisiera, que haya adquirido boletas para el Derby de Home Run.

Las pruebas presentadas fueron evaluadas por medios escritos, televisivos, rueda de prensa y otros, donde se estableció que no hubo claridad en tiempo oportuno.

La entidad, que dirige la doctora Anina Del Castillo, dispuso la notificación de la resolución  a la LIDOM y a la CBPC, en ejercicio de las atribuciones que le confieren las disposiciones de la Ley General de Protección de los Derechos del  Consumidor o Usuario No. 358-05, promulgada en fecha nueve (9) de septiembre del año dos mil cinco (2005), Gaceta Oficial No. 10337, año CXLVI.

El Derby de Home Run se ofertó en fecha tres de febrero del 2016, sin que muchos de los compradores pudieran disfrutar de lo anunciado respecto a los jugadores de grandes liga.

El artículo 98, literal f, dispone que sean obligaciones de los proveedores, entre otras, “estar bien informados de la naturaleza, utilidad, calidad y riesgos previsibles de los productos y servicios que ofertan y transmitir esta información al consumidor en forma clara, veraz y suficiente”.

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