Autoridades a cargo de denuncias por irregularidades en el Instituto Postal Dominicano (Inposdom), recomendaron este lunes al presidente Abinader la destitución del director de la institución, Adán Peguero.
Otra de las recomendaciones abarca la destitución del consultor jurídico, Joaquín Félix Santana, por junto a Peguero incurrir en faltas graves.
También recomendaron invalidar el contrato con la empresa Mía Cargo Group.
De igual modo, el informe ordena a la Contraloría de la República realizar una auditoría al Inposdom desde el periodo comprendido entre el año 2008 a la fecha.
Autoridades a cargo de la investigación
La Dirección General de Ética, la Dirección de Contrataciones Públicas y la Unidad Antifraude de la Contraloría realizaron un informe en conjunto, con las descritas recomendaciones luego de identificar irregularidades.
Cabe destacar que las autoridades iniciaron las indagatorias tras informe de investigación publicado por la periodista Nuria Piera, en el que se resaltaron una serie de irregularidades.
Las autoridades concluyeron que la firma del acuerdo ilegal data desde noviembre del 2008, con el señor Modesto Guzmán en representación del Inposdom y la empresa Inversiones Tahití, S.A, que luego devino en el acuerdo con Mía Cargo Group.
Con este y otros antecedentes, tanto Adán Peguero como Joaquín Félix Santana dieron continuidad a una mala práctica institucional, violatoria a la Ley 340-06.
A continuación, algunas de las irregularidades encontradas:
Violación a la Ley 340-06 y su reglamento de aplicación 543-12
Se comprobó que el contrato además de contener vicios de forma, no fue debidamente apostillado
Contiene vicios de fondo, inobservados por la máxima autoridad del Inposdom.
Se certificó que el 08 de noviembre del 2021 no figura registrado en el Portal Transaccional ningún proceso de selección de proveedores.
La máxima autoridad del Inposdom no procuró agotar el debido procedimiento de ley para la contratación del servicio, haciendo que el Estado suscribiera un acuerdo con una empresa que no registra empleadores ni empleados.
También se comprobó que dicho contrato no agotó el ciclo establecido por el sistema de control interno establecido por la Contraloría.
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